El Tribunal Supremo ha declarado nulo un apartado de un real decreto aprobado en 2016 relativo al control y el seguimiento del régimen de caudales ecológicos y que permitía reducciones generalizadas en su aplicación, con lo que ha dado un paso positivo en la protección de los ríos y los humedales en España.

Las organizaciones ambientales Ríos con Vida y SEO/BirdLife celebraron este lunes esa sentencia firme del Tribunal Supremo, instancia a la que acudieron presentando un recurso contencioso-administrativo contra el real decreto 638/2016, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico en materia de caudales ecológicos.

El artículo 49 quinquies de ese real decreto permitía reducciones generalizadas en la aplicación de los caudales ecológicos determinados por los planes hidrológicos, incluidos los que estuvieran en Red Natura 2000, humedales Ramsar y reservas naturales fluviales, es decir, en lugares con fórmulas de protección.

La sentencia del Tribunal Supremo, contra la que no cabe recurso alguno, se extiende a todos los ríos y humedales de España y a todas las demarcaciones hidrográficas, con lo que se garantiza que no se perjudique su régimen de caudales ecológicos.

Ríos con Vída y SEO/BirdLife indicaron que la reforma de los caudales ecológicos en 2016 suponía “una regresión ambiental de primer orden para los ecosistemas acuáticos del territorio español, especialmente en el punto principal del recurso, que permitía reducciones generalizadas en la aplicación de los ya de por sí ridículos caudales mínimos fijados en los planes hidrológicos”.

“PASO MUY POSITIVO”

El Tribunal Supremo considera indudable que “esas exclusiones sobre las exigencias que se imponen en los planes en el régimen de los caudales ecológicos desnaturalizan el propio régimen que se impone vigilar a los Organismos de Cuenca”, lo que contraviene las exigencias de la Ley de Aguas.

La sentencia del alto tribunal supone “un paso muy positivo” en el cumplimiento efectivo del régimen de caudales ecológicos, lo que ayudará a la mejora de la calidad de las aguas continentales españolas y el estado de conservación de sus hábitats y especies asociadas, según Ríos con Vida y SEO/BirdLife.

Sin embargo, las tres ONG señalaron que los planes hidrológicos siguen sin asumir todos los componentes del régimen de caudales ecológicos (caudales mínimos, máximos y caudales generadores, y tasas de cambio). De hecho, apuntaron que el último informe de seguimiento de los planes hidrológicos, correspondiente al año 2017, reconoce que el 76,9% de los ríos cuentan con caudales mínimos establecidos, un 9% con caudales máximos, un 8,7% con caudales generadores y un 11,4% con tasas de cambio.

Fuente: Ecodiario.