Transcurridos 17 años desde la entrada en vigor de la Ley 12/2002, de 27 de junio, Reguladora del Ciclo Integral del Agua de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, se ha constatado la necesidad de introducir cambios legislativos que permitan adaptarla a la realidad actual y resolver los problemas que se han puesto en evidencia con su aplicación.

Los principales problemas a los que la nueva regulación pretende dar respuesta se concretan principalmente en:

  • Es necesario integrar en una misma norma las funciones y competencias de los distintos órganos de la Administración
    Hidráulica de Castilla-La Mancha.
  • Es necesaria una mayor concreción y claridad en las competencias de la Administración regional en relación con los
    vertidos de aguas residuales a las redes de alcantarillado y colectores.
  • Es obligado hacer frente a las afecciones al medio ambiente que produce el uso y consumo del agua y la necesidad de preservar el ciclo integral del agua.
  • Conviene evitar la dispersión en los diferentes cánones de aducción que aplica la Administración Regional en los sistemas que gestiona, a fin de fomentar los principios de igualdad y solidaridad.
  • En estos momentos la Administración Regional no es consultada cuando se realizan transferencia de agua que la afectan
    directamente, cuando debería ser preceptivo su informe.

La nueva ley pretende avanzar en el cumplimiento de la Directiva Marco  del Agua en el sentido de concienciar al usuario, como beneficiario último del recurso, de la necesidad de hacer un uso sostenible y eficiente.
Hay que recordar el mandato del art. 9 de la Directiva Marco (art. 111 bis TRLA) que establece:

a) La obligación para las Administraciones públicas de establecer mecanismos para repercutir en los usuarios finales los costes de los servicios relacionados con el agua, así como los costes ambientales y los del propio recurso.
b) Esos mecanismos de repercusión deben incentivar el uso eficiente del agua, deben establecerse de acuerdo con el
principio de quien contamina paga, y deben repartirse de forma diferenciada entre los usuarios domésticos, industriales y
agrícolas.

La ley también pretende resolver la escasa o nula participación de la Administración Autonómica en la toma de decisiones relativas a las transferencias de agua que la afectan directamente.

Son objetivos de la norma:

  • Avanzar en el cumplimiento de la Directiva Marco del Agua.
  • Concienciar directamente al ciudadano de la importancia de hacer un uso eficiente y sostenible del agua.
  • Hacer frente a las afecciones al medio ambiente que produce el uso y consumo del agua mediante la aplicación del nuevo canon medioambiental del agua.
  • Delimitar más claramente las responsabilidades en materia de vertidos a las redes de alcantarillado y colectores.
  • Garantizar la intervención de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en las decisiones sobre transferencias ytrasvases de agua que afecten al territorio de la Comunidad Autónoma.

 

La opción alternativa es mantener la Norma actual.

La redacción de un nuevo texto completo o la modificación del vigente son opciones cuya conveniencia será valorada por la Agencia del Agua tras la finalización del presente trámite de consulta pública.

 


BORRADOR DE ANTEPROYECTO DE LEY DE EVALUACIÓN AMBIENTAL DE CASTILLA-LA MANCHA 


Si estás interesado en presentar alguna aportación al texto, te rogamos que lo hagas llegar al Colegio antes del 27 de enero de 2020. colegio@agronomosalbacete.org.