Los consumidores pueden demandar desde este martes leche y lácteos Origen España

Este martes 22 de enero entra en vigor y, en principio, durante los dos próximos años, el Real Decreto 1181/2018, de 21 de septiembre, relativo a la indicación del origen de la leche utilizada como ingrediente en el etiquetado y en el del resto de lácteos


 

De esta forma, los ciudadanos verán por primera vez en el etiquetado de estos productos tanto el país de origen en el que la leche ha sido ordeñada, como el país donde ha sido transformada. Se facilita así el derecho a la elección de compra de los consumidores.

Será aplicable a la leche de cualquier especie (vaca, oveja,  cabra, búfala), siempre que haya sido ordeñada y transformada en España. Si no es así, se podrá poner el nombre de país de origen o sustituirlo por el de “UE” o “fuera de la UE”, según el caso

Es decir, si, por ejemplo, la leche se ha ordeñado en otro país (pongamos por caso Francia), pero se ha transformado en otro (por ejemplo España), el etiquetado del producto a la venta deberá poner “País de ordeño: Francia”. “País de transformación: España”.

Podría etiquetarse también como “Origen de la leche: UE”. Transformación: España” o Fuera de la UE” o “UE” o “Fuera de la UE”, según corresponda.

Las empresas podrán, además, incluir información adicional a estas indicaciones obligatorias, que precisen el origen regional o territorial de la leche, u otras indicaciones sobre las características del producto.

Por otra parte, será obligatorio indicar el origen de la leche que se use como ingrediente cuando ésta represente un porcentaje superior al 50%, expresado en peso, respecto al total de los ingredientes utilizados. Será, no obstante, voluntario, para el caso de los productos con  DOP/IGP de calidad protegidas.

En concreto, el RD ahora vigente afectará a la leche y nata, sin concentrar, no azucaradas, ni edulcoradas de otro modo; a la leche y nata, concentradas, azucaradas y/o edulcoradas de otro modo; al suero de mantequilla, leche y nata cuajadas, kefir y demás leches y natas, fermentadas o acidificadas incluso concentrados, azucarados o edulcorados de otro modo o aromatizados, o con fruta o cacao.

También al lactosuero, incluso concentrado, azucarado o edulcorado de otro  modo; a productos constituidos por  los componentes naturales de la leche, incluso azucarados o edulcorados de otro modo, no expresados ni comprendidos en otras partidas.

Por último, afectará también a la mantequillas y demás materias grasas de la leche, así como a los quesos y al requesón.

Las menciones de origen deberán figurar en el etiquetado cerca de la lista de ingredientes, expresándose con el mismo tamaño de letra y color de fuente utilizados para la misma. No podrán, por tanto, estar disimuladas, tapadas o separadas por ninguna otra indicación, imagen u otro elemento interpuesto.

Las exigencias sobre etiquetado de la leche no serán de aplicación a los productos legalmente fabricados o comercializados en los otros Estados miembros de la UE o en países terceros, al ser una normativa interna, salvo que se apruebe una reglamentación comunitaria.

¿Qué deberán poner las etiquetas?

Más en concreto, según la Organización Interprofesional Láctea (INLAC), las etiquetas de estos productos tendrán que incluir:

■ El «País de ordeño: (lugar donde la leche ha sido ordeñada)».

■ El «País de transformación: (lugar donde la leche ha sido transformada)».

■ Si coincide el lugar de ordeño con el de transformación, se indicará el lugar tras la mención «Origen de la leche: (lugar donde la leche ha sido ordeñada y transformada)».

El lugar de ordeño y el lugar de transformación se indicarán mediante referencia a una de las zonas geográ­ficas siguientes:

  1. Estado(s) miembro(s) o tercer(os) país(es); o
  2. «UE» o «fuera de la UE» o «UE y fuera de la UE»; o
  3. «España», siempre que el país de ordeño o de transformación sea exclusivamente España, no pudiendo sustituirse por la expresión «UE».

Según InLac, conocer el origen de la leche es una demanda de la mayoría de los consumidores en España, y es percibido como un atributo positivo asociado a su calidad. Se trata de una medida muy esperada por el sector, porque dará información relevante al consumidor, que ganará en tranquilidad sobre el origen del producto que está adquiriendo, y también tendrá ventajas tanto para los productores, como para la industria, porque una mejor indicación de procedencia podría potenciar las ventas.

Tal y como recuerda el sector, con relativa frecuencia el consumidor español prefiere adquirir leche de origen nacional, pero hasta ahora no podía hacerlo, porque esa información no figuraba en el etiquetado de leche, yogur o quesos, por ejemplo. De hecho, la InLac espera que aumente el consumo en España tras la entrada en vigor del Real Decreto.

Desde esta interprofesional se recuerda, por otra parte, que tal y como establece la normativa en su Disposición Transitoria Primera sobre “comercialización de existencias de productos”, se podrán comercializar los productos fabricados antes de la entrada en vigor de este real decreto, que satisfagan las disposiciones aplicables en dicho momento, hasta que se agoten sus existencias.

Garantía para el consumidor

Desde la organización agraria ASAJA de Castilla y León se considera que este etiquetado es esencial para que el consumidor tenga garantías de comprar producto de proximidad, nacional y con todas las garantías de calidad.

Asimismo recuerda que la entrada en vigor de este RD coincide en el tiempo con la publicación, el pasado 16 de enero, del último informe de la Comisión Europea sobre el Observatorio del Mercado de la Leche, en el que de nuevo se comprueba que los ganaderos españoles siguen percibiendo precios muy inferiores a la media europea, consolidándose una tendencia, iniciada en otoño de 2016, a raíz de la liberalización de las cuotas, “injusta e incomprensible, teniendo en cuenta que España es un país deficitario en leche, y que tiene que importar una parte significativa de lo que consume, precisamente a países exportadores cuyos ganaderos están cobrando más que los españoles.”

Esta organización agraria recuerda que por cada 100 litros de leche, el ganadero español cobró en diciembre 32,33 euros, el belga 36,46 euros, el danés 36,97 euros, el alemán 37,16 euros, 36,35 el francés, 37,20 el italiano y 37,25 el holandés. La media de este grupo de países de referencia en la producción de leche fue de 36,24 euros por cada 100 litros, lo que representa el 12,1% más que lo que percibió el ganadero español.

Esos tres céntimos por litro que no se está pagando, según ASAJA, serían la vida para nuestros ganaderosun margen suficiente para que las cuentas salgan, poder invertir e incluso contratar mano de obra, en definitiva, confiar en el futuro”-

Para esta organización queda claro que lo que no está funcionando en España “es la propia industria láctea, de las más ineficientes de Europa, que tapa sus carencias y su incapacidad para adaptarse al mercado apretando a los ganaderos. Las lácteas funcionan en la práctica como un cártel, pactando precios a la baja, una situación que las Administraciones no han tenido la valentía de controlar”, subraya la OPA.

En este complejo panorama, el nuevo RD, según ASAJA abre un camino para que las decisiones de compra del consumidor repercutan positivamente en nuestros ganaderos. “Es vital que los consumidores exijan leche de ORIGEN ESPAÑA, porque si este respaldo es masivo las industrias tendrán que ofrecer producto nacional, y pagarlo de forma digna, como en el resto de Europa, como es de justicia, puesto que la leche española es al menos homologable en calidad, por no decir mejor, al de resto de países”.

Fuente: Agronegocios

Real Decreto 1181/2018, de 21 de septiembre, relativo a la indicación del origen de la leche utilizada como ingrediente en el etiquetado de la leche y los productos lácteos. [Leer+] (BOE nº 230 de 22 de septiembre de 2018)