El Consejo de Ministros del pasado 16 de febrero ha aprobado la modificación del Real Decreto 1221/2009, de 17 de julio, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo y por el que se modifica el Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen las normas de ordenación de las explotaciones cunícolas.


Esta disposición tiene como objetivo facilitar la conversión de las granjas de producción de porcino extensivo, debidamente autorizadas y registradas, en instalaciones de selección o multiplicación que permitan la continuidad de la actividad de venta de reproductores.

Dicha actividad constituía una excepción recogida en el Real Decreto 1221/2009, cuya derogación entraba en vigor este mismo mes de febrero y que ponía en serias dificultades el normal funcionamiento de buena parte de granjas extensivas que se encontraban acogidas a ella.

De esta manera, se igualan en este sector las posibilidades de ampliación y reconversión con las que tienen las granjas porcinas intensivas, según recoge el Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo.


Real Decreto 93/2021, de 16 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1221/2009, de 17 de julio, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo y por el que se modifica el Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen las normas de ordenación de las explotaciones cunícolas. (B.O.E nº 41 de 17 de febrero de 2021) [Leer+]