La Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural ha publicado la orden por la que se regula la entrada en bodega de uva con al menos 9 grados, a favor de la calidad de los vinos.
El Real Decreto 557/2020, de 9 de junio, por el que se adoptan medidas extraordinarias en el sector del vino para hacer frente a la crisis causada por la pandemia de COVID-19, y por el que se fija una norma de comercialización en el sector del vino y se modifica la regulación sobre declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola y el programa de apoyo al sector del vino, prevé una serie de medidas para paliar la situación actual del mercado del vino.
Las abundantes lluvias de la primavera hacen prever una producción para la próxima campaña superior a la media, por lo que se considera necesario complementar la limitación de rendimientos impuesta por el Real Decreto 557/2020, de 9 de junio, con otras limitaciones a nivel regional, en una decidida apuesta por la calidad, trazabilidad y transparencia que sitúe a los vinos de Castilla-La Mancha en una posición más competitiva.
Orden 104/2020, de 28 de julio, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establece el grado mínimo de la uva para vinificación, para la campaña 2020/2021. (D.O.C.M. nº 152 de 31-07-2020) [Leer+]