El término deontología profesional hace referencia al conjunto de principios y reglas éticas que regulan y guían una actividad profesional. Estas normas determinan los deberes mínimamente exigibles a los profesionales en el desempeño de su actividad. Por este motivo, suele ser el propio colectivo profesional quién determina dichas normas y, a su vez, se encarga de recogerlas por escrito en los códigos deontológicos.

Los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Agrónomos y del Consejo General, aprobados por el Real Decreto 727/2017, de 21 de julio, por el que se aprueban los Estatutos
Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Agrónomos y de su Consejo
General, señalan en su artículo 45, apartado 1 d), entre los fines y funciones del Consejo General de Colegios, la de elaborar y aprobar las Normas de Deontología Profesional, que han de regir en el ejercicio profesional de los Ingenieros Agrónomos, sin perjuicio de lo recogido en los Estatutos o Reglamentos de Régimen Interior de cada Colegio.

A continuación puede acceder a las Normas de Deontología Profesional de los Ingenieros Agrónomos, actualmente en vigor:

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