La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, ha publicado la Sentencia nº 221/2019 por la que considera improcedente que un ingeniero técnico pueda acceder al Cuerpo de Ingenieros Industriales.
Esta Sentencia no admite el recurso de casación que el Consejo General de Colegios Oficiales de Peritos Ingenieros Técnicos Industriales interpuso contra la Sentencia de la Audiencia Nacional que consideraba correcta las bases de la Orden IET/1556/2014, de 30 de julio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado, en las que se exigía estar en posesión del título de Ingeniero Industrial o aquel que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Ingeniero Industrial. Es decir la titulación de la titulación de ingeniero industrial, la de máster en ingeniería industrial o aquellas otras extranjeras que puedan ser reconocidas, pero no la de grado.
Como hemos insistido desde este Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos los titulados de Grado, que habilite para la profesión de Ingeniero Técnico, pueden acceder a la función pública dentro del Grupo A2, y el Grupo A1 queda reservado para los máster que habilitan para la profesión de Ingeniero Agrónomo, Industrial, Montes, … (300 créditos europeos como mínimo y la presentación de un trabajo fin de máster)
Además, esta semana también hemos conocido la Sentencia Nº 102/2019 del Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, por la que anula, una vez mas, la marca que se atribuyeron los Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Industriales, y que se denominaba: “Colegio Oficial de Graduados en Ingeniería rama Industrial e Ingenieros Técnicos Industriales”. Ya que no sólo no existe la titulación “Grado de rama industrial”, sino que además inducía a error y confusión con la si existente Ingeniería Industrial.
Puedes consultar las sentencias referidas en la sede del Colegio o solicitarlas por correo: colegio@agronomosalabcete.org .
Te recomendamos la lectura de la noticia publicada en esta web hace unos años:
LOS GRADOS EN INGENIERÍAS TÉCNICAS PUEDEN ACCEDER AL GRUPO A2 Y LOS MÁSTER AL GRUPO A1.