El RD 164/2025 modifica el CTE DB-SI en la Disposición final segunda, y los cambios se concentran (sobre todo) en alinear el DB-SI con el RSCIEI para el uso Almacén.
1) Introducción (DB-SI)
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Se suprime la nota (1) en I “Objeto” y en II “Ámbito de aplicación”.
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En III “Criterios generales de aplicación” se añaden los puntos 5, 6 y 7:
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Para uso Almacén, el cumplimiento se hace combinando tabla 1.1 (SI 1) + caracterización/requisitos de los anexos I–IV del RSCIEI; la ocupación se calcula con la tabla 2.1 (SI 3) “archivos, almacenes”.
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Trasteros/alquiler de almacenes: se consideran uso Almacén y se fija un NRI mínimo (medio subnivel 5 si h≤3 m; alto si h>3 m)
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Se aclara que áreas públicas de venta (autoservicio) no son Almacén, ni los archivos abiertos integrados en oficinas; pero si hay Qₜ ≥ 3×10⁶ MJ y altura de almacenamiento > 5 m, se aplica DB-SI del uso correspondiente + condiciones del RSCIEI si son más exigentes.
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2) Sección SI 1 Propagación interior
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Tabla 1.1 (sectorización por usos subsidiarios): se endurece/ajusta cuando el uso principal es Almacén:
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Administrativo/Comercial/Docente: sector si >500 m² o si >250 m² cuando el principal es Almacén.
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Pública concurrencia: sector si >500 personas o si >250 m² cuando el principal es Almacén.
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Se añaden supuestos para zonas mixtas (>250 m² con principal Almacén) y para zona de uso Almacén con Qₜ ≥ 3×10⁶ MJ.
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Tabla 2.1 (locales/zona de riesgo especial): se reescribe incorporando Qₜ (definida según anexo I del RSCIEI) y reglas de “salto” a uso Almacén para determinados locales si superan umbrales (p. ej., V>500 m³ + Qₜ≥3×10⁶ MJ).
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Nota clave: las áreas públicas de venta no se clasifican como riesgo especial; y si un local tiene Qₜ ≥ 3×10⁶ MJ pasa a considerarse zona de uso Almacén (con cálculo y criterios del RSCIEI).
3) Sección SI 3 Evacuación de ocupantes
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Tabla 2.1 (densidades de ocupación): en Aparcamiento, se precisa que “otros casos (40)” incluye estacionamientos de vehículos para transporte de personas y mercancías.
4) Sección SI 4 Instalaciones de PCI
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Se sustituye la frase sobre “presentación del certificado de la empresa instaladora ante CCAA” por una remisión genérica: “la puesta en servicio… conforme a lo indicado en el citado reglamento” (RIPCI).
5) Anejo A Terminología
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“Salida de planta”: se elimina como salida el arranque de escalera no protegida; queda centrado en escalera compartimentada/protegida, pasillo protegido, vestíbulo, o salida de edificio, ajustando la numeración y condiciones.
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“Uso comercial”: pasa a “edificio, establecimiento o zona…
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Se incorpora “Uso almacén” y su criterio con Qₜ ≥ 3×10⁶ MJ (con la salvedad de los locales de riesgo especial según tabla 2.1 SI 1).
El “punto débil” típico es clasificar mal zonas comerciales/administrativas con almacenamiento intenso (por no calcular Qₜ según RSCIEI, o por no documentar la altura de almacenamiento). Aquí es donde el RD empuja a justificar con números y no por intuición.