El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, se establece por el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, (BOE 13 de enero de 2020) que reestructura los departamentos ministeriales.

El 6 de marzo de 2020 se publica el Real Decreto 430/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y por el que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. (BOE 6 de marzo de 2020).


Como órganos directivos dependientes del Ministro se encuentran la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, la Secretaría General de Pesca y la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación

La Dirección General de Recursos Pesqueros pasa a denominarse Dirección General de Pesca Sostenible, la Dirección General de Servicios, cambia su denominación por Dirección General de Servicios e Inspección y la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Política Forestal pasa a denominarse Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria.

Se introducen también modificaciones en algunas subdirecciones generales dependientes de las Secretarías Generales de Agricultura y Alimentación y de Pesca


El Consejo de Ministros del 3 de marzo de 2020, ha aprobado el Real Decreto 430/2020, por el que se aprueba la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el que se detalla la organización, competencias y unidades del Departamento.

Entre las modificaciones hay que señalar los cambios producidos en la denominación de algunas direcciones generales como la Dirección General de Recursos Pesqueros que pasa a denominarse Dirección General de Pesca Sostenible, con el fin de recalcar el compromiso con la sostenibilidad del sector pesquero español, en consonancia con los principios de la Política Pesquera Común y de los acuerdos y organizaciones internacionales sobre océanos.

La Dirección General de Servicios, cambia su denominación por Dirección General de Servicios e Inspección ya que incorpora a sus competencias las propias de la Inspección de los Servicios, con el fin de que todos los servicios del Ministerio de carácter interno tengan una única dependencia.

La Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Politica Forestal pasa a denominarse Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria. Se añade la Formación Agroalimentaria y supone la adaptación a la actual distribución competencial entre departamentos ministeriales, en particular, con la desaparición de la Subdirección General de Política Forestal, competencia que ha pasado al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Se introducen también modificaciones en varias subdirecciones generales dependientes de las Secretarías Generales de Agricultura y Alimentación y de Pesca.

Así, en la estructura básica del Departamento y como órganos directivos dependientes del Ministro se encuentran la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, la Secretaría General de Pesca y la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación.

SECRETARÍA GENERAL DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN

La Secretaría General de Agricultura y Alimentación es, bajo la dependencia del Ministro, el órgano directivo del Ministerio directamente responsable de la Política Agrícola Común (PAC), la política de desarrollo rural, la política de regadíos y el desarrollo y coordinación de las relaciones multilaterales en el marco de las políticas agroalimentarias, la innovación en el sector agrario, alimentario y en el medio rural, y el sistema alimentario.

También le corresponde la definición, propuesta y ejecución de las políticas del Ministerio referentes a industrias y mercados alimentarios, recursos agrícolas y ganaderos, sanidad animal y vegetal, acuerdos sanitarios y fitosanitarios con terceros países, desarrollo rural e innovación y relaciones bilaterales y multilaterales en materia agroalimentaria.

Igualmente forman parte de sus atribuciones las funciones del Ministerio en materia de producciones y mercados agrícolas, ganaderos, concentración de la oferta, sanidad animal y vegetal, así como la planificación, dirección y coordinación de las políticas activas del Departamento en materia de innovación, desarrollo rural, industrias y mercados alimentarios.

También dependerá de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación la determinación de los criterios que permitan establecer la posición española ante la Unión Europea y en los acuerdos de ésta con terceros países que tengan contenido agrario y alimentario, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos ministeriales.

Y junto a ello, las relaciones institucionales con las organizaciones profesionales y otras entidades representativas de los sectores agrario y alimentario, sin perjuicio de las competencias de la Subsecretaría del Departamento, y la determinación de los criterios que permitan establecer la posición española ante la Unión Europea y otras organizaciones y foros internacionales en las materias competencia de la Secretaría General, asi como la competencia en  la promoción de estudios y campañas publicitarias sectoriales.

A esta Secretaría General también le corresponde la tutela funcional de las sociedades mercantiles estatales MERCASA S.M.E. y CETARSA S.M.E., así como la coordinación de las relaciones institucionales y la actuación del Departamento en relación con éstas.

De esta Secretaría General dependen dos Subdirecciones Generales:

o   La Subdirección General de Apoyo y Coordinación

o   La Subdirección General de Planificación de Políticas Agrarias

También quedan adscritas al Ministerio, a través de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación con las funciones y estructuras actualmente vigentes, el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), y la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA)

Para la ejecución de sus competencias, la Secretaría General cuenta con la:

Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios,  bajo cuya tutela se encuentran las sociedades mercantiles estatales EXPASA Agricultura y Ganadería S.M.E. y la coordinación de las relaciones institucionales y la actuación del Departamento en relación con ésta. Cuenta a su vez con

o   La Subdirección General de Frutas y Hortalizas y Vitivinicultura

o   La Subdirección General de Cultivos Herbáceos e Industriales y Aceite de Oliva

o   La Subdirección General de Producciones Ganaderas y Cinegéticas

o   La Subdirección General de Medios de Producción Ganadera y

o   La Subdirección General de Medios de Producción Agrícola y Oficina Española de Variedades Vegetales

üDirección General de Sanidad de la Producción Agraria, entre cuyas funciones se enmarca la planificación, coordinación y dirección técnica de los laboratorios adscritos o dependientes de esta Dirección General, siendo competente en particular, con respecto del Laboratorio Nacional de Sanidad Vegetal de Lugo, el Laboratorio Central de Sanidad Animal de Santa Fe-Granada y el Laboratorio Central de Veterinaria de Algete.

Cuenta además con:

o   La Subdirección General de Sanidad e Higiene Animal y Trazabilidad

o   La Subdirección General de Sanidad e Higiene Vegetal y Forestal y

o   La Subdirección General de Acuerdos Sanitarios y Control en Frontera

üDirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, que tiene bajo su tutela la Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias (SEIASA) y la coordinación de las relaciones institucionales y la actuación del Departamento en relación con ésta. Dependen de esta Direccion General:

o   La Subdirección General de Programación y Coordinación

o   La Subdirección General de Innovación y Digitalización

o   La Subdirección General de Dinamización del Medio Rural y

o   La Subdirección General de Regadíos, Caminos Naturales e Infraestructuras Rurales

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de esta Dirección General  ejerce la gestión de la finca agrícola “El Palomar” en San Fernando de Henares (Madrid), en la que se encuentra el Centro Nacional de Tecnología de Regadío (CENTER) y el Laboratorio Central para Ensayo de Materiales y Equipos de Riego.

üDirección General de la Industria Alimentaria, que lleva a cabo la planificación, coordinación y dirección técnica del Laboratorio Arbitral Agroalimentario de Madrid y del Laboratorio Agroalimentario de Santander. Cuenta con:

o   La Subdirección General de Competitividad de la Cadena Alimentaria

o   La Subdirección General de Calidad y Sostenibilidad Alimentaria

o   La Subdirección General de Promoción de los Alimentos de España y

o   La Subdirección General de Control de la Calidad Alimentaria y Laboratorios Agroalimentarios

SECRETARÍA GENERAL DE PESCA

Corresponden a la Secretaría General de Pesca las competencias sobre planificación y ejecución de la política en materia de pesca marítima en aguas exteriores y acuicultura, de ordenación básica del sector pesquero, la gestión y la coordinación de los fondos comunitarios destinados a la pesca y la acuicultura, de bases de la comercialización y transformación de los productos pesqueros, y la participación en la planificación de la política de investigación en materia de pesca y acuicultura.

También le corresponden las relaciones institucionales con las organizaciones profesionales y otras entidades representativas de interés en el sector pesquero, sin perjuicio de las competencias de la Subsecretaría del Departamento.

Asimismo, ejercerá las funciones relativas a los acuerdos pesqueros de la Unión Europea con terceros países, las derivadas de la participación del Reino de España, por sí o en el seno de la delegación de la Unión Europea, en organizaciones internacionales de pesca y la cooperación internacional en asuntos pesqueros y acuícolas en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

Le corresponde, igualmente, la determinación de la posición española ante la Unión Europea en las materias referidas y la planificación, coordinación y gestión de la Política Marítima Integrada (PMI). De esta Secretaría General dependen:

o   La Subdirección General de Gestión y

o   La Subdirección General de Asuntos Jurídicos y Gobernanza Pesquera Internacional

Cuenta también como órganos directivos con:

ü  La Dirección General de Pesca Sostenible. De ella dependen:

o   La Subdirección General de Caladero Nacional y Aguas de la Unión Europea

o   La Subdirección General de Acuerdos y Organizaciones Regionales de Pesca

o   La Subdirección General de Investigación Científica y Reservas Marinas

ü  La Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura. Dependen de esta Dirección General:

  

o   La Subdirección General de Sostenibilidad Económica y Asuntos Sociales

o   La Subdirección General de Acuicultura, Comercialización Pesquera y Acciones Estructurales

o   La Subdirección General de Vigilancia Pesquera y Lucha contra la Pesca Ilegal.

SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

 Se atribuyen a la Subsecretaría entre otras funciones, correspondientes a las distintas áreas de servicios comunes la asistencia al Ministro en las funciones de control de la actividad del Departamento, realizando aquéllas que permitan evaluar el funcionamiento, la eficacia y el rendimiento del personal y de los servicios del Ministerio, así como el seguimiento de la contratación de obra pública de competencia del Departamento en sus aspectos técnico, funcional y administrativo. Todo ello, sin perjuicio de las competencias de la Intervención General de la Administración del Estado.

Además, la preparación de las conferencias sectoriales relacionadas con las competencias propias del Departamento, el mantenimiento de las relaciones institucionales con las organizaciones profesionales y otras entidades representativas de interés en los sectores agrario, alimentario y pesquero, o la coordinación, seguimiento e informe de los asuntos que se sometan a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos y restantes Comisiones Delegadas del Gobierno.

También le corresponde la coordinación y el análisis para la implantación de medidas ante situaciones excepcionales en los sectores agroalimentarios, la elaboración de informes de análisis y seguimiento de aquellas medidas fiscales con repercusión en los ámbitos competenciales del Departamento,  la dirección de la Comisión Permanente de Adversidades Climáticas y Medioambientales (COPAC), o el seguimiento, análisis y prospectiva de los aspectos sociales, económicos y ambientales vinculados con las distintas áreas estratégicas del Departamento, incluyendo la creación y difusión de información relacionada con éstas.

Además, la tutela funcional de las sociedades TRAGSA S.A. S.M.E. M.P. y SAECA S.A. S.M.E M.P. y la coordinación de las relaciones institucionales y la actuación del Departamento en relación con éstas en tanto que Ministerio de tutela.

Dependen de la Subsecretaría del Departamento con nivel orgánico de subdirección general

o   El Gabinete Técnico

o   La Subdirección General de Análisis, Coordinación y Estadística

o   La Subdirección General de Relaciones Internacionales y Asuntos Comunitarios

También dependen los siguientes órganos directivos, con nivel orgánico de dirección general:

üLa Secretaría General Técnica. De ella dependen:

o   La Vicesecretaría General Técnica

o   La Subdirección General de Legislación y Ordenación Normativa

o   La Subdirección General de Recursos y Relaciones Jurisdiccionales

üLa Dirección General de Servicios e Inspección. Dependen de ella:

o   La Oficina Presupuestaria

o   La Oficialía Mayor

o   La Subdirección General de Recursos Humanos

o   La Subdirección General de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones

o   La Inspección General de Servicios

Por otra parte queda adscrita al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Subsecretaría, la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, O. A. (ENESA), cuya presidencia corresponde al Subsecretario, con las funciones y estructura actualmente vigentes.

Fuente: MAPA


 

Real Decreto 430/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y por el que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.  (BOE nº 57 de 6 de marzo de 2020). [Leer+]