A finales de 2020 se publicó la Orden 186/2020, de 27 de noviembre, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se regula el procedimiento para la selección de entidades agrarias colaboradoras para la captura, registro, seguimiento, corrección y recepción de las notificaciones administrativas de la solicitud única, solicitudes de cesión de derechos de pago básico, alegaciones al Sigpac, inscripción en el Registro General de la Producción Agraria y ayudas a la creación de empresas agrarias por jóvenes e inversiones en explotaciones agrarias a partir de 2021 (EAC)


En esta Orden se regula de manera conjunta el registro de entidades para la gestión de ayudas PAC, y la gestión de ayudas a inversiones en explotaciones agrarias e incorporación de jóvenes a la agricultura y a la ganadería. Además se amplían las funciones que venían desarrollando las Entidades Colaboradoras de Ayudas PAC.

Se fusionan la figura de Entidad Colaboradora (encargada de la captura y registro de solicitud única) con la de Entidad Agraria de Gestión (encargada del seguimiento, corrección y notificación administrativa de la solicitud única), y con las EGME (gestión de ayudas a la creación de empresas agrarias por jóvenes e inversiones en explotaciones agrarias), manteniendo una única figura llamada Entidad Agraria Colaboradora (EAC), en la que se podrán integrar todas las funciones de las tres figuras existentes hasta ahora.

Las Entidades Agrarias Colaboradoras (EAC), además de la captura, registro, corrección y seguimiento de expedientes de solicitudes de ayudas de la PAC, ahora realizarán funciones de gestión de solicitudes de cesión de derechos de pago básico y de inscripción en el registro general de la producción agraria, y de las ayudas de creación de empresas agrarias por jóvenes (Submedida 6.1 del PDR 2014-2020) y de las ayudas a inversiones de explotaciones agrarias (Submedida 4.1 del PDR 2014-2020).


Esta Orden establece los requisitos y procedimiento para seleccionar las entidades que podrán acceder a la condición de EAC para prestar sus servicios de los siguientes bloques o de alguno de ellos:

Bloque a): Solicitud Única. Alegaciones al Sigpac. Inscripciones en el Registro General de la Producción Agrícola (Regepa) y Solicitudes de cesiones de Derechos de Pago Básico.

Bloque b): Ayudas a inversiones en explotaciones agrarias (Submedida 4.1 del PDR 2014-2020) y Ayudas a la creación de empresas agrarias por jóvenes (Submedida 6.1. del PDR 2014-2020).

Los ingenieros agrónomos que ejerzan la profesión en el ejercicio libre sólo podrán suscribir convenios de colaboración para gestión de ayudas incluidas en el Bloque b).

Para poder prestar los servicios incluidos en el Bloque a) y Bloque b), los ingenieros agrónomos tendrán que prestar sus servicios como asalariados de entidades bancarias, cooperativas, SAT, organizaciones agrarias o empresas (físicas o jurídicas) de servicios técnicos de ingeniería y/o asesoramiento técnico agrario.

Las EAC reconocida que tenga intención de mantener el convenio de colaboración en esta campaña 2023, no tendrá que presentar la solicitud inicial de nuevo. Solamente deberán justificar
que siguen cumpliendo con los requisitos que figuran en el artículo 4 de la Orden 186/2020. Por tanto, deberá cumplimentar la solicitud y acreditar el cumplimiento de requisitos, aportando la siguiente documentación en relación a la Campaña 2023:


– Recibo o justificante de estar al corriente de pago de la póliza del seguro, correspondiente a la Campaña 2023.
– Póliza del seguro de responsabilidad civil y/o riesgo profesional según requisitos detallados en la citada Orden (sólo si existen cambios con respecto a la campaña 2022)
– Certificados de estar al corriente de pago en Hacienda Estatal, Regional, y Seguridad Social, si no se ha autorizado la consulta de datos tributarios y de estar al corriente en la Tesorería General de la Seguridad Social (autorización incluida en el formulario 2LHQ).
– Acto notarial en virtud del cual la persona firmante del correspondiente convenio posee capacidad jurídica para suscribir el mismo (solo si existe cambio con respecto a la Campaña 2022).

PLAZO PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: 15 DE OCTUBRE Y 15 DE NOVIEMBRE DE CADA AÑO.

Las entidades reconocidas el primer año no tendrán que registrarse de nuevo cada año, sólo justificar que cumplen con los requisitos , entre los que están el mantener una cobertura de Responsabilidad Civil Profesional suficiente:


 

Seguro de Responsabilidad Civil Profesional del COIAAB

Los requisitos para poder prestar estos servicios están recogidos en el artículo 4 de la Orden, y entre ellos se exige una cobertura de responsabilidad civil profesional de 300.000 €, para la gestión de ayudas del Bloque a), y de al menos 50.000 €, para las del Bloque b).

Os recordamos que como colegiado del COIAAB dispones de un Seguro de Responsabilidad Civil Profesional que ampara con hasta 450.000 € la responsabilidad civil profesional del ingeniero agrónomo asesor, siempre que se haya visado la Memoria de actividad de cada explotación asesorada.

 Si no deseas visar este tipo de actuación, dispones de la posibilidad de suscribir la ampliación de la capa básica para actividad no visada, con una prima anual de 488 € dispones de un capital asegurado de 375.000 €.

En ambos casos están incluidas las coberturas exigidas en el artículo 4 de la Orden 186/2020.

Si lo que vas a registrar es a tu empresa como EAC, al no ser colegiada, tendrás que suscribir un seguro externo al que tienes como colegiado. Contacta con el Colegio y te pondremos en contacto con nuestra correduría de seguros que te ofrecerá el SRC que necesita tu empresa.


Contacta con nuestra Secretaria Técnica para ampliar información sobre el Seguro de Responsabilidad Civil o pincha [Aquí].

Solicita tu CERTIFICADO SRC EAC 2023 RENOVACIÓN desde el e-Colegio/CERTIFICADOS, para aportar a la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la JCCM para renovar tu registro como EAC.

Importante: Recuerda que para que tus expedientes no visados queden cubierto por la Póliza de SRC del COIAAB, es indispensable que tengas contratada la ampliación de la capa básica del SRC y que registres en el Colegio la relación de expedientes que vayas tramitando antes de la finalización del plazo de cada convocatoria. Te recordamos como hacerlo:

SRC: Tu actividad de Gestión de Ayudas y Tramitación de Expedientes PAC también tiene cobertura


 

Grupo de Trabajo de Asesores Técnicos del COIAAB

Si estás interesado en pertenecer al grupo de colegiados que se ha creado para coordinar e informar sobre la actividad de asesoramiento a explotaciones y gestión de ayudas a los ingenieros agrónomos colegiados, te invitamos a pinchar en el siguiente enlace :